Necesidad de utilizar ascensor a ciertas edades

Artículo de Ramón Pérez Nóvoa publicado en el suplemento Gente Mayor de el periódico La Región el día 9 de Junio de 2014.

Cuando alquilamos o compramos una vivienda en nuestra época joven o de relativa edad, no nos preocupa el número de escaleras en la entrada del portal, o el ancho de los accesos comunes e incluso pasillos particulares, incluso la falta de ascensor si ello se ve compensado con otras particularidades que nos gustan en la vivienda, ni tantas otras cosas. Pero llegada cierta edad, todas esas cuestiones se vuelven en contra, pues en muchas ocasiones como hemos dicho, nuestro físico no nos permite tanta libertad de movimiento como para vencer esas “barreras” fácilmente salvables antes.

Como consecuencia de lo antes dicho, resulta que hoy suele ser frecuente la necesidad de instalar un ascensor en algunos edificios carentes del mismo, pero también en ocasiones resulta difícil por la oposición que plantean algunos propietarios de las comunidades que no lo necesitan.

Hasta el Junio de 2013, la instalación de ascensores en comunidades de propietarios, como servicio de interés general, requería el voto favorable de las tres quintas partes del total de propietarios que además representaran las 3/5 partes de las cuotas de participación.

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